Beneficios fiscales que se obtienen por donaciones realizadas a la Fundación Luca de Tena

La Fundación Luca de Tena está acogida a la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos fiscales al mecenazgo, por tanto las donaciones efectuadas por particulares y empresas tendrán beneficios fiscales.
 

La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2015 ha mejorado el régimen de deducciones para ambos casos y ha introducido un incentivo más por fidelización de los donativos. 

Visita este enlace para conocer cómo colaborar económicamente con la Fundación

 

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